en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 21 de 1963, y CONSIDERANDO: Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado. Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer uno
Considerando · 5 motivos
Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado.
Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unos contracréditos y abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Obras Públicas), por $ 2.250.000.
Que conforme a la dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 67 de 1963, por $ 2.250.000.
Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y;
Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios.
Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento
° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Obras Públicas II - Financiamiento CAPITULO 1422 Financiamiento a cargo del Ministerio Programa I Auxilios de sostenimiento Transferencias 205-262. Artículo 14259. Aporte a Adenavi $ 200.000 Presupuesto de Inversión Ministerio de Obras Públicas CAPITULO 3303 División de Construcción de Carreteras Programa II Construcción reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Oriental. (Recursos del Crédito Externo A.I.D.) 460-264. Artículo 33004-B. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la carretera Troncal Oriental $ 850.000 Proyecto 3. Carretera Cúcuta, Ocaña, Gamarra 850.000 Programa IV Construcción, reconstrucción y pavimentación de troncales transversales. Recursos del Crédito Externo A.I.D.) 460-264. Artículo 33004-E, Construcción, reconstrucción y pavimentación de troncales transversales $ 1.200.00 Proyecto 9. Carretera Bogotá-Villavicencio $ 550.000 Proyecto 10. Carretera Yuto- Quibdó-Bahía Solano 650.000 Suman los créditos 2.250.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Inversión Ministerio De Obras Públicas Capitulo 3s03 División De Construcción De Carreteras Programa I Construcción, Reconstrucción Y Pavimentación De Otras Carreteras
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de Inversión Ministerio de Obras Públicas CAPITULO 3S03 División de Construcción de Carreteras Programa I Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. (Recursos del Crédito Externo A.I.D.) 460-264. Artículo 33004-A-bis. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras $ 2.050.000 Proyecto
Carretera Cartago-Nóvita y Nóvita-Cartago 650.000 Proyecto
Carretera Troncal 300.000 Proyecto
Carretera Puerto Carreño-Santa Rita 250.000 Proyecto
Carretera Arboledas- Bagueche-Cáchira 350.000 Proyecto
Carretera Ocaña-Los Pueblos-Pueblo Nuevo- Los Ángeles 500.000 CAPITULO 3304 División de Obras Hidráulicas Programa II Construcción, conservación y regularización de obras hidráulicas. (Recursos ordinarios del Presupuesto) 465-262. Artículo 33010-C. Construcción, conservación y regularización de obras hidráulicas $ 200.000 Proyecto 1. Conservación del Canal del Duque $ 200.000 Suman los créditos $ 2.250.000
Artículo 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.