Artículo 1
Artículo único. Señálase como atribución de los Administradores de Aduana de Barranquilla, Cartagena y Santa Marta, la de dar posesión en representación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a los empleados subalternos de dichas Oficinas. Cópiese, comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
el Secretario encargado del Despacho
José Arturo Andradeencargado