en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 45 de la Ley 489 del 29 de diciembre de 1998
Artículo 1
° . Créase la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Vecindad Colombo-Panameña, de que trata el Decreto 983 del 21 de abril de 2003.
Artículo 2Las Funciones Que Deba Cumplir La Secretaría Ejecutiva Las Asignará El Ministerio De Relaciones Exteriores
°. Las funciones que deba cumplir la Secretaría Ejecutiva las asignará el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3Desígnase A Gabriel Jaime Restrepo Marín, Como Secretario Ejecutivo De La Comisión De Vecindad Colombo-Panameña, En Reemplazo De Luz Helena Abello Uribe
°. Desígnase a Gabriel Jaime Restrepo Marín, como Secretario Ejecutivo de la Comisión de Vecindad Colombo-Panameña, en reemplazo de Luz Helena Abello Uribe. Gabriel Jaime Restrepo Marín, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Plenipotenciario.
Artículo 4Modifícase El Inciso 8° Del Artículo 4° Del Decreto 983 Del 21 De Abril De 2003, En El Sentido De Que Los Dos Representantes Del Ministerio De Relaciones Exteriores Son El Director De Soberanía Territorial Y Desarrollo Fronterizo Y El Director De América
°. Modifícase el inciso 8° del artículo 4° del Decreto 983 del 21 de abril de 2003, en el sentido de que los dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores son el Director de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo y el Director de América.
Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.