Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Gastos de Administraci0n, Auxilios y otros.
CAPITULO 109
Aportes, participaciones, indemnizaciones y devoluciones.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO 067
Gastos varios.
Artículo 1147Para Devoluci0n Dé Toda Clase De Rentas Que Se Hayan Cobrado De Más, En El Año $ 40
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administraci0n, Auxilios y otros. CAPITULO 109 Aportes, participaciones, indemnizaciones y devoluciones. 104. Del artículo 1147. Para devoluci0n dé toda clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año $ 40.000.00 Suman los contracréditos $ 40.000.00 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 067 Gastos varios. 003. Al artículo 0682. Para gastos reservados, extraordinarios e imprevistos, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 40.000.00 Suman los créditos $ 46.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,