Micelio

decreto 962 de 1940

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades legales

Artículo 1El Valor Declarado De Las Encomiendas De Especies Que Despache El Almacén De Especies Venales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Podrá Ser Hasta De $ 50

° El valor declarado de las encomiendas de especies que despache el Almacén de Especies Venales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá ser hasta de $ 50.000 por cada correo y plaza de destino. Queda así modificado el

Parágrafo 2

° del artículo 7.° del Decreto 584 de 1940.

Artículo 2Concédense Las Siguientes Franquicias Telegráficas, Dentro De Las Prescripciones Reglamentarias

° Concédense las siguientes franquicias telegráficas, dentro de las prescripciones reglamentarias. AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 24368 (TABLA DE RENTAS E IMPUESTOS) PÁG. 5. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos