El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y conforme a lo dispuesto en el Decreto 1680 de 1991
Artículo 1º
º . El empleo de Consejero para la Paz, a que se refieren los Decretos 53 de 1992 y 1951 de 1994, se denomina Alto Comisionado en la Consejería Presidencial para la Paz.
Artículo 2º
º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y conforme a lo dispuesto en el Decreto 1680 de 1991
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República