Micelio

decreto 1959 de 1977

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional

Artículo 1Suprímense En La Planta De Personal Del Ministerio De Desarrollo Económico, Establecida Por El Decreto 2522 Del 11 De Diciembre De 1973 Y Modificada Por Los Decretos 104 Del 23 De Enero De 1976 Y 135 Del 24 De Enero De 1977, Los Siguientes Cargos: Oficina De Planeación: Número De Cargos: 1 Denominación Del Empleo: Estadístico

° Suprímense en la Planta de Personal del Ministerio de Desarrollo Económico, establecida por el Decreto 2522 del 11 de diciembre de 1973 y modificada por los Decretos 104 del 23 de enero de 1976 y 135 del 24 de enero de 1977, los siguientes cargos: Oficina de Planeación: Número de cargos: 1 Denominación del empleo: Estadístico. Clase: III. Grado: 18. Sueldo básico: $ 9.200.00. División de Programación Sectorial: Número de cargos: 1. Denominación del empleo: Estadístico. Clase: III. Grado: 18. Sueldo básico: $ 9.200.00.

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Desarrollo Económico Los Siguientes Cargos: Oficina Jurídica: Número De Cargos: 1

° Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Desarrollo Económico los siguientes cargos: Oficina Jurídica: Número de cargos

1.

Denominación del empleo: Abogado. Clase: IV. Grado: 22. Sueldo básico: $ 12.100.00. Oficina de Planeación: Número de cargos:

2.

Denominación del empleo: Economista. Clase: IV. Grado: 22. Sueldo básico: $ 12.100.00. División de Programación Sectorial: Número de cargos: 2. Denominación del empleo: Economista. Clase: IV. Grado: 22. Sueldo básico: $ 12.100.00.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Desarrollo Económico
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil