en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno nacional, contrató la conservación y mejoras de la carretera del Carare con la Empresa Siderúrgica de Paz de Río
Considerando · 2 motivos
Que el Gobierno nacional, contrató la conservación y mejoras de la carretera del Carare con la Empresa Siderúrgica de Paz de Río; y;
Que por tal motivo el Sub-Almacenista de Barbosa dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga que presta sus servicios en dicha carretera no se necesita;
Artículo 1
Artículo único. Suprímese a partir de la fecha del presente Decreto el cargo de Sub-Almacenista de Barbosa, dependiente del Almacén de la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga, creado por Decreto número 1597 de 9 de mayo del corriente año. Comuníquese y publíquese.