Micelio

decreto 2924 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 39 y 45 de la Ley 11 de 1991

Artículo 1Las Funciones Propias Del Ministerio De Relaciones Exteriores Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Del Servicio Interno Que A Continuación Se Establece: No

º Las funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores serán cumplidas por la Planta de personal del servicio interno que a continuación se establece: No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Ministro. 1 Ministro 0005 1 Asesor 1020 05 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Ejecutivo 5040 13 2 Conductor Mecánico 6010 09 1 Auxiliar Servicios Generales 6035 08 Despacho del, Viceministro de Relaciones Exteriores. 1 Viceministro 0020 1 Asesor 1020 04 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Secretario 5140 10 1 Conductor Mecánico 6010 09 Despacho del Viceministro de Asuntos Económicos Internacionales 1 Viceministro 0020 1 Asesor 1020 04 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Secretario 5140 10 1 Conductor Mecánico 6010 09 Secretaría General. 1 Secretario General del Ministerio 0035 16 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Conductor Mecánico 6010 09

Artículo 2º Los Cargos Que A Continuación Se Establecen Conforman La Planta Global Interna Del Ministerio De Relaciones Exteriores Los Cuales Serán Distribuidos Por El Ministro Mediante Resolución, De Acuerdo Con La Estructura Orgánica, Los Planes, Programas Y Necesidades Del Servicio: No

º Los cargos que a continuación se establecen conforman la planta global interna del Ministerio de Relaciones Exteriores los cuales serán distribuidos por el Ministro mediante Resolución, de acuerdo con la estructura orgánica, los planes, programas y necesidades del servicio: No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Secretaría General 5 Subsecretario de Relaciones Exteriores 0044 11 1 Director de Academia Diplomática 0036 11 4 Director General de Ministerio 0100 12 1 Director General de Protocolo 0087 11 9 Subdirector de Ministerio 0150 09 21 Asesor 1020 04 11 Asesor 1020 02 8 Asesor 1020 01 6 Ministro Plenipotenciario 2006 13 8 Ministro Consejero 2031 14 4 Jefe de Oficina 2045 21 14 Consejero de Relaciones Exteriores 2091 08 5 Profesional Especializado 3010 16 1 Profesional Especializado 3010 15 17 Profesional Especializado 3010 14 23 Profesional Especializado 3010 13 3 Profesional Especializado 3010 12 6 Profesional Universitario 3020 08 11 Profesional Universitario 3020 07 6 Profesional Universitario 3020 04 31 Primer Secretario de Relaciones Exteriores 3055 10 34 Segundo Secretario de Relaciones Exteriores 3056 06 2 Analista de Sistemas 4005 15 1 Técnico en Comunicaciones 4030 14 6 Técnico en Presupuesto 4035 13 1 Técnico Administrativo 4065 11 3 Programador de Sistemas 4060 12 24 Técnico Administrativo 4065 11 5 Técnico Administrativo 4065 09 36 Tercer Secretario de Relaciones Exteriores 4076 11 4 Técnico Operativo 4080 11 1 Dibujante 4095 08 3 Operador de equipos de Sistemas 4100 09 5 Asistente Administrativo 4140 16 13 Asistente Administrativo 4140 15 5 Asistente Administrativo 4140 12 50 Secretario Ejecutivo 5040 17 19 Secretario Ejecutivo 5040 15 27 Secretario Ejecutivo 5040 13 32 Auxiliar Administrativo 5120 11 3 Secretario 5140 10 41 Operario Calificado 6000 09 33 Conductor Mecánico 6010 09 1 Auxiliar Servicios Generales 6035 08

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 1371 De 1980, 2343 De 1991 Y Demás Disposiciones Que Los Adicionen O Modifiquen

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1371 de 1980, 2343 de 1991 y demás disposiciones que los adicionen o modifiquen.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 39 y 45 de la Ley 11 de 1991
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil