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decreto 1267 de 2015

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones normativas vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la

Considerando · 1 motivo

Que el Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones normativas vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General.

Artículo 1Derogado

°. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 09/06/2015 – 29/12/2021

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, los siguientes cargos: PLANTA GLOBAL No. DE CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO 1(Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 3 (Tres) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 08 1(Uno) Auxiliar de Servicios 6-1 08

Artículo 2Derogado

°. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 09/06/2015 – 29/12/2021

Artículo 2°. Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, los siguientes cargos: PLANTA GLOBAL No. DE CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30

Artículo 3Derogado

°. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 09/06/2015 – 29/12/2021

Artículo 3°. El empleo de que trata el artículo anterior será provisto de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 4Derogado

°. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 09/06/2015 – 29/12/2021

Artículo 4°. El Ministro de Defensa Nacional o quien este delegue, mediante resolución, distribuirá el cargo de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

Artículo 5Derogado

°. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 09/06/2015 – 29/12/2021

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 4891 del 23 de diciembre de 2011. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 4891 de 2011

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública