Artículo 1Organízanse Trabajos De Exploración Trazado Y Construcción En La Vía Nacional Del Noroeste, En La Sección De San José De Suaita - Socorro, Los Que Estarán A Cargo De Una Comisión Técnica Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Que En Seguida Se Expresan: Un Ingeniero Jefe, Con $ 350 Un Ingeniero Primer Ayudante, Con 280 Un Ingeniero Segundo Ayudante, Con 220 Un Dibujante, Con 150 Un Cajero Contador, Con 120 Un Oficial De Estadística, Con 80
° Organízanse trabajos de exploración trazado y construcción en la vía nacional del Noroeste, en la sección de San José de Suaita - Socorro, los que estarán a cargo de una Comisión Técnica con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan: Un Ingeniero Jefe, con $ 350 Un Ingeniero primer Ayudante, con 280 Un Ingeniero segundo Ayudante, con 220 Un Dibujante, con 150 Un Cajero Contador, con 120 Un Oficial de Estadística, con 80
Artículo 2Los Estudios Deberán Practicarse Entre Puntos Obligados, A Fin De Emprender, Cuanto Antes La Construcción, Y Se Sujetarán A Las Especificaciones Reglamentarias Sobre Trazado Y Construcción De Carreteras Y Caminos Adoptados Por El Ministerio De Obras Públicas Y A Las Órdenes Que Comunique La Dirección General De Caminos Nacionales
° Los estudios deberán practicarse entre puntos obligados, a fin de emprender, cuanto antes la construcción, y se sujetarán a las especificaciones reglamentarias sobre trazado y construcción de carreteras y caminos adoptados por el Ministerio de Obras Públicas y a las órdenes que comunique la Dirección General de Caminos Nacionales.
Artículo 3Para Desempeñar Los Cargos A Que Se Refiere El Artículo 1°, Hácense Los Siguientes Nombramientos: Ingeniera Jefe, Señor Carlos Arteaga Hernández
° Para desempeñar los cargos a que se refiere el artículo 1°, hácense los siguientes nombramientos: Ingeniera Jefe, señor Carlos Arteaga Hernández. Ingeniero primer Ayudante, señor José M, Montoya V. Ingeniero segundo Ayudante, señor Juan de Dios Camacho. Dibujante, señor Francisco Díaz. Cajero, señor Rómulo Perdomo. Oficial de Estadística, señor Roberto Russi.
Artículo 4Antes De Posesionarse, El Cajero Contador Deberá Otorgar Fianza Por La Cuantía Que Fije La Contraloría General De La República, Y Estará Obligado A Verificar Personalmente Los Pagos Y A Rendir Las Cuentas De Inversión En Los Términos Y Forma Que Establecen Las Disposiciones Sobre La Materia Comuníquese Y Publíquese
° Antes de posesionarse, el Cajero Contador deberá otorgar fianza por la cuantía que fije la Contraloría General de la República, y estará obligado a verificar personalmente los pagos y a rendir las cuentas de inversión en los términos y forma que establecen las disposiciones sobre la materia Comuníquese y publíquese.