Micelio

decreto 1765 de 1957

3 artículos · lectura continua

Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 103-A, artículo 1050-A del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, destinada para sueldos, honorarios y toda clase de inversiones y gastos que demande la instalación, organización y funcionamiento de la Superintendencia de Importaciones, hácese la distribución parcial siguiente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

CAPITULO 103-A

Artículo 1050-A

Superintendencia de Importaciones.

(Decreto legislativo 0115 de 1957).

Artículo 1050-A Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal En Curso, Destinada Para Sueldos, Honorarios Y Toda Clase De Inversiones Y Gastos Que Demande La Instalación, Organización Y Funcionamiento De La Superintendencia De Importaciones, Hácese La Distribución Parcial Siguiente: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico

Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 103-A, artículo 1050-A del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, destinada para sueldos, honorarios y toda clase de inversiones y gastos que demande la instalación, organización y funcionamiento de la Superintendencia de Importaciones, hácese la distribución parcial siguiente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. CAPITULO 103-A Artículo 1050-A Superintendencia de Importaciones. (Decreto legislativo 0115 de 1957). Forzosos Accidentales Clave económica 001. Ordinal

1.

Concepto: Para sueldos del personal que presta servicios a la Superintendencia de Importaciones $ 140.000.00 Clave económica 001. Ordinal

2.

Concepto: Para pagar al personal que presta servicios a la Superintendencia de Importaciones la prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores 9.000.00 Clave económica 001. Ordinal

3.

Concepto: Para el pago de indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, reconocidas en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 Clave económica 003. Ordinal

4.

Concepto: Para atender al pago de los miembros de la Junta Directiva de la Superintendencia de Importaciones, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores 10.000.00 Clave económica 003. Ordinal

5.

Concepto: Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste 40.000.00 Clave económica 003. Ordinal

6.

Concepto: Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 23.000.00 Clave económica 201. Ordinal

7.

Concepto: Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina 60.000.00 Clave económica 301. Ordinal 3. Concepto: Para gastos de conservación, aseguro mecánico, reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio de la Superintendencia de Importaciones y sus dependencias 5.000.00 Clave económica 003. Ordinal 9. Concepto: Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos de la Superintendencia de Importaciones, en la presente vigencia y anteriores 1.500.00 Clave económica 301. Ordinal 10. Concepto: Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Superintendencia de Importaciones 5.000.00 Clave económica 003. Ordinal 11. Concepto: Para servicios telefónico local, de alumbrado, fuerza eléctrica y acueducto, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 Clave económica 003. Ordinal 12. Concepto: Para aseo y desinfección, materiales y demás gastos de sostenimiento de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 2.000.00 Clave económica 003. Ordinal 13. Concepto: Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguro y transporte de elementos, y demás gastos similares inherentes a estos servicios, en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 Clave económica 003. Ordinal 14. Concepto: Para viáticos y gastos de transporte del personal que presta servicios a la Superintendencia de Importaciones y a sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 10.000 Clave económica 003. Ordinal 15. Concepto: Para blusas de trabajo de empleados; overoles para obreros y uniformes para Conserjes, Choferes, Porteros y Carteros 1.500.00 Clave económica 003. Ordinal 16. Concepto: Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 Sumas 214,500.00 115.500.00 Resumen: Gastos forzosos 214.500.00 Gastos accidentales 115.500.00 Total distribuído 330.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Agricultura, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público