El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Suprímese la Oficina Postal y Telegráfica de Dagua, Departamento de Cali, y créase la de Papagayeros en el mismo Departamento. Comuníquese y publíquese. Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909. R. REYES Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión, FRANCISCO JOSE URRUTIA.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República