Micelio

decreto 2322 de 1968

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 45 y el Decreto número 2204 de 1966

Artículo 1

De la partida distribuida por el Decreto número 311 de marzo 7 de 1968 para gastos de funcionamiento del Teatro Colón, hácese la siguiente disminución:

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Educación Nacional

CAPÍTULO 173

Financiamiento a cargo del Ministerio.

Programa 468.

Financiamiento de Establecimientos Dependientes

Artículo 2665Teatro Colón

Artículo primero. De la partida distribuida por el Decreto número 311 de marzo 7 de 1968 para gastos de funcionamiento del Teatro Colón, hácese la siguiente disminución: Presupuesto de funcionamiento Ministerio de Educación Nacional CAPÍTULO 173 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa 468. Financiamiento de Establecimientos Dependientes 203 317 411. Artículo 2665. Teatro Colón. Gastos generales Ordinal 7. Compra de equipo 20.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. Con la partida disminuída por el artículo anterior se hace la siguiente destinación: Gastos generales Ordinal 9. Materiales y suministros 20.000.00

Artículo 3

Artículo tercero. Queda en los anteriores términos modificado el Decreto número 311 de marzo 7 de 1968.

Artículo 4

Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional