Micelio

decreto 2130 de 2006

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998

Artículo 1

º . Estructura. Modificar el numeral 1 del artículo 6º Decreto 1259 de 1994, el cual quedará así: "1. Estructura . La Superintendencia Nacional de Salud tendrá la siguiente estructura: 1. Despacho del Superintendente Nacional de Salud. 2.1 Oficina Jurídica. 2.2 Oficina de Planeación. 2.3 Oficina de Control Interno. 3 Secretaría General. 4 Dirección General Para el Control de las Rentas Cedidas. 5 Dirección General para el Area Financiera del Sector Salud. 6 Dirección General de Inspección y Vigilancia. 7 Dirección General para Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago. 8 Dirección General para el Control del Sistema de Calidad. 9 Organos de Asesoría y Coordinación. Comité de Coordinación Junta de Adquisiciones y Servicios".

Artículo 2

º . Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el artículo 6º y deroga los artículos 10, 13 y 14 del Decreto 1259 de 1994, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública