Micelio

decreto 3331 de 1949

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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Declárase Oficialmente Constituida La Academia Colombiana De Filosofía, Que Tendrá, En Adelante, El Carácter De Cuerpo Consultivo Del Gobierno Para Todo Lo Relativo A La Organización Y Fomento De Los Estudios De Aquella Ciencia En Los Establecimientos Educativos Del País Y Para La Enseñanza De La Misma

º. Declárase oficialmente constituida la Academia Colombiana de Filosofía, que tendrá, en adelante, el carácter de Cuerpo Consultivo del Gobierno para todo lo relativo a la organización y fomento de los estudios de aquella ciencia en los establecimientos educativos del país y para la enseñanza de la misma.

Artículo 2Autorizase A La Academia Para Editar Una Revista Sobre Las Materias De Su Especialidad Que Será Editada En Las Prensas De La Imprenta Del Ministerio De Educación Nacional

º. Autorizase a la Academia para editar una revista sobre las materias de su especialidad que será editada en las prensas de la Imprenta del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 3El Ministerio De Educación Nacional Impartirá Aprobación A Los Estatutos Y Reglamentos Internos De La Academia Colombiana De Filosofía

º. El Ministerio de Educación Nacional impartirá aprobación a los estatutos y reglamentos internos de la Academia Colombiana de Filosofía. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA en uso de sus facultades legales
El Ministro de Educación Nacional