Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 En La Cantidad De Cincuenta Millones De-Pesos ($50,000
° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de cincuenta millones de-pesos ($50,000.000) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. CAPITULO XI c) Otros recursos. Numeral 110-C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973) $ 50.000:000 Suma el recurso $ 50.000.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Inversión
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de Inversión. CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 563. Servicios geodésicos, agrológicos, cartográficos y catastrales. Inversión indirecta. Recursos ordinarios. 580 215. Artículo 5613. Catastro $ 26.844.000 Proyectos. 2. Formación, actualización y conservación región de la Costa Atlántica 6.604.000 3. Formación, actualización y conservación región central 7.196.000 4. Formación, actualización y conservación región Sur-occidental 4.701.000 5. Formación, actualización y conservación región Nor-oriental 6.322.000 6. Formación, actualización y conservación región de los Llanos Orientales y Amazonia $ 358.000 7. Estudios económicos 1.490.000 9. Deslindes 173.000 580 215. Artículo 5614. Cartografía 11.940.000 Proyectos
Evaluación y revisión 60.000
Geodesia 1.003.000
Radargramétrico-deuda 3.012.000 6. Fotogrametría 6.365.000 7. Adquisición aviones-deuda 1.500.000 580 215. Artículo 5615. Clasificación de suelos 779.000 Proyectos . 2. Estudios detallados, riegos y drenajes 641.000
Laboratorio de suelos 138.000 580 215. Artículo 5616. Investigaciones geográficas 1.945.000 Proyecto 3. Preparación originales para publicar 1.945.000 580 215. Artículo 5617. Servicios administrativos, funcionamiento 8.492.000 Suman los créditos adicionales $ 50.000.000
Artículo 3Se Aclara Que En El Capítulo 580, Programa 580, Artículo 5820, Del Ministerio De
° Se aclara que en el capítulo 580, programa 580, artículo 5820, del Ministerio de. Agricultura para la actual vigencia, no se trata de un aporte sino de un auxilio a la Corporación Forestal de Antioquia por $ 5.000.000.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.