Micelio

decreto 358 de 1946

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Asamblea General de Accionistas de la Compañía Nacional de Navegación, en sesión extraordinaria de fecha 16 de enero en curso, resolvió elevar el capital social de dicha Compañía a la suma de $ 4.000.000.00, o sea en $ 1.000.000.00 más, dividido en acciones de valor nominal de $ 100.00 cada una, y autorizó a la Junta Directiva de la misma empresa para colocarlas en la forma y época que estime conveniente, por requerirlo así las necesidades de la Compañía

Considerando · 3 motivos

Que la Asamblea General de Accionistas de la Compañía Nacional de Navegación, en sesión extraordinaria de fecha 16 de enero en curso, resolvió elevar el capital social de dicha Compañía a la suma de $ 4.000.000.00, o sea en $ 1.000.000.00 más, dividido en acciones de valor nominal de $ 100.00 cada una, y autorizó a la Junta Directiva de la misma empresa para colocarlas en la forma y época que estime conveniente, por requerirlo así las necesidades de la Compañía;

Que de acuerdo con los estatutos de la mencionada empresa y con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 20 de 1944, los estatutos y sus reformas deben ser aprobados por Decreto ejecutivo;

Que el Gobierno considera conveniente el mencionado aumento de capital de la Compañía Nacional de Navegación;

Artículo 1

Artículo único . Apruébase la elevación del capital social de la Compañía Nacional de Navegación a la suma de $ 4.000.000.00, o sea en $ 1.000.000.00 más, dividido en acciones de valor nominal de $ 100.00 cada una, acordada por la Asamblea General de Accionistas de dicha empresa en sesión extraordinaria del 16 de enero del corriente año. El presente Decreto regirá desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas