En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Obras Públicas se ha hecho cargo de la administración directa del Terminal Marítimo de Cartagena, por caducidad del contrato con la firma Frederick Snare
Considerando · 2 motivos
Que el Ministerio de Obras Públicas se ha hecho cargo de la administración directa del Terminal Marítimo de Cartagena, por caducidad del contrato con la firma Frederick Snare;
Que en todos los servicios del Terminal se impone una organización que corresponda a las apropiaciones presupuestales;
Artículo 1
Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, el Servicio de Sanidad del Terminal Marítimo de Cartagena será atendido por los siguientes profesionales, que devengarán los sueldos que se indican a continuación: Un Médico Jefe 550.00 Cuatro Médicos Ayudantes, cada uno 450.00 Dos Dentistas graduados, cada uno 350.00
Artículo 2
Artículo segundo. Los cargos que se expresan no tendrán derecho a prima móvil y se cubrirán con la partida de "Gastos de Administración y Explotación del Terminal".
Artículo 3
Artículo tercero. El Administrador del Terminal, de acuerdo con el Médico Jefe, dispondrá la manera como deba prestar sus servicios cada uno de los Médicos y Dentistas, ciñéndose a los reglamentos de sanidad vigentes. Comuníquese y publíquese.