El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Autorízase la publicación en forma de suplemento, en dos ediciones, de la Revista Nacional de Agricultura (órgano de la Sociedad de Agricultores de Colombia), de los decretos extraordinarios sobre plan económico y financiero, y sobre fomento de la economía nacional.
Parágrafo
El gasto que ocasione esta publicación será a cargo del Ministerio de la Economía Nacional. Comuniquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Economía Nacional