Artículo 1Desde El Día L°
°. Desde el día l°. de febrero próximo el personal de la Administración de la Salina de Cumaral y Upín, y las respectivas asignaciones, serán las siguientes: Un Explotador Almacenista, con la asignación mensual de$ 80 Un Cabo de Resguardo, con la asignación mensual de$ 25 Dos Guardas, cada uno con la asignación mensual de$ 20 Se emplearán además los peones que fueren necesarios, los cuales se harán constar en listas, confrontadas por el Administrador de Hacienda y visadas por el Intendente del Meta.
Artículo 2El Intendente Nacional Del Meta Ejercerá Las Funciones De Inspector De La Salina, Y Rendirá Cada Mes Al Ministerio De Hacienda Un Informe
°. El Intendente Nacional del Meta ejercerá las funciones de Inspector de la Salina, y rendirá cada mes al Ministerio de Hacienda un informe. Comuníquese y publiques«.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda