Micelio

decreto 226 de 1896

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Considerando · 2 motivos

Que el Consejo de Estado ha dado dictámen favorable acerca de la necesidad que hay de abrir al Presupuesto de Gastos del bienio en curso, el crédito extraordinario á que se refiere el presente decreto ; y;

Que el Consejo de ministros ha resulto se abrá el mencionado crédito;

Artículo 1

Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896, el crédito extraordinario de cien mil pesos, con la siguiente imputación :

DEPARTAMENTO DEL TESORO

capítulo 69 (gastos varios)

Artículo 364Bis

Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896, el crédito extraordinario de cien mil pesos, con la siguiente imputación : DEPARTAMENTO DEL TESORO capítulo 69 (gastos varios) Artículo 364 bis. Para pagar el importe de cuatro millones en esqueletos de billetes del Banco Nacional, destinados al cambio de los utilizados por el uso $ 100,000

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro del Tesoro