Micelio

decreto 92 de 1909

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Créase la plaza de Oficial de recibo en cada una de las Oficinas Telegráficas de Buga y Pamplona y una plaza más de Carteo en la primera de las Oficinas mencionadas. Comuníquese y publíquese. Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909 R. REYES Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión, FRANCISCO JOSE URRUTIA

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República