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decreto 2920 de 1963

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y CONSIDERANDO Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado. Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requ

Considerando · 4 motivos

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado.

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Agricultura), por $ 160.853;

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950, y 1599 de 1953, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 68 de 1963, por $ 160.853;

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Agricultura Contracréditos I-Gastos Del Ministerio A-Dirección Del Ministerio Capitulo 0705 Oficina Jurídica Servicios Personales 102 - 111

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de funcionamiento Ministerio de Agricultura Contracréditos I-Gastos del Ministerio A-Dirección del Ministerio CAPITULO 0705 Oficina Jurídica Servicios personales 102 - 111. Artículo 07062. Prima de Navidad $ 3.500 B - Rama Técnica CAPITULO 0706 Jefatura de la Rama Técnica Programa I Dirección y Administración Servicios personales 102 - 211. Artículo 07071. Prima de Navidad 3.700 CAPITULO 0708 Programa I Dirección y Administración de la División Servicios personales 102 - 213. Artículo 07091. Prima de Navidad 4.152 CAPITULO 0709 División de Recursos Naturales Programa II Control de Aguas Servicios personales 102 - 216. Artículo 07105. Prima de Navidad 1.248 Subprograma 2. Estudio y Control Regional de Aguas de uso público Gastos generales 105 - 216. Artículo 07122. Compra de equipo $ 36.253 CAPITULO 0711 División de Extensión Agropecuaria Programa I 105 - 216. Artículo 07122. Compra de equipos $ 10.000 Programa IV Extensión Agropecuaria Regional Servicios personales 102 - 211. Artículo 07189. Prima de Navidad 12.000 C - Rama Administrativa CAPITULO 0715 División de Presupuesto Programa I Ejecución Control y Contabilidad Gastos generales 105 - 111. Artículo 07215. Compra de equipo 60.000 CAPITULO 0716 Servicios Generales Programa I Administración de la División Gastos Generales 105-111. Artículo 07268. Compra de equipo 30.000 Suman los contracréditos $ 160.853 Créditos Presupuesto de funcionamiento I - Gastos del Ministerio A - Dirección del Ministerio CAPITULO 0701 Gabinete del Ministro Servicios personales 102 - 111. Artículo 07003. Prima de Navidad $ 65 CAPÍTULO 0703 Dirección General Programa I Administración 102 - 111. Artículo 07018. Prima de Navidad 72 Programa II Coordinación Ejecutiva Servicios personales 102 - 111. Artículo 07026. Prima de Navidad 200 CAPITULO 0704 Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación Programa I Dirección y Administración Servicios personales 102 - 111. Artículo 07033. Prima de Navidad 48 Programa II Planes y Estudios Especiales 102 - 111. Artículo 07040. Prima de Navidad $ 292 Programa IV Organización y Métodos Servicios personales 102 - 111. Artículo 07051. Prima de Navidad 134 B) - Rama Técnica CAPITULO 0706. Programa II Control de Productos Agropecuarios Servicios personales 102 - 212. Artículo 07078. Prima de Navidad 72 CAPITULO 0707 División de Cultivos Programa I Dirección y Administración de la División Servicios personales. 102 - 212. Artículo 07084. Prima de Navidad 48 CAPITULO 0709 División de Recursos Naturales Programa I Dirección y Administración de la División Servicios personales 102 - 216. Artículo 07098. Prima de Navidad 48 CAPITULO 0711 División de Extensión Agropecuaria Programa I Dirección y Administración de la División y Material de Divulgación Servicios personales 102 - 214. Artículo 07164. Prima de Navidad 220 Programa II Programa para Adultos Servicios personales 102 - 214. Artículo 07172. Prima de Navidad 172 Programa III Clubes y Mejoramiento del Hogar Servicios personales 102 - 214. Artículo 07179. Prima de Navidad 172 C) - Rama Administrativa CAPITULO 0713 Jefatura de la Rama Administrativa Programa I Dirección y Administración de la Jefatura y Grupo de Compras. Servicios personales 102 - 111. Artículo 07228. Prima de Navidad 204 CAPITULO 0714 División de Personal Programa I Dirección y Administración de la División Servicios personales 102 - 111. Artículo 07235. Prima de Navidad 300 CAPITULO 0715 División de Presupuesto Programa II Costos. Servicios personales 102 - 111. Artículo 07249. Prima de Navidad 134 Programa III Pagaduría Servicios personales 102 - 111. Artículo 07256. Prima de Navidad 228 CAPITULO 0716 Servicios generales Programa I Administración de la División Servicios personales 102-111. Artículo 07265. Prima de Navidad 2.180 Presupuesto de Inversión A) - Inversión Directa CAPITULO 2601 Coordinación Ejecutiva Programa I Administración Zonas Agropecuarias Servicios personales 406 - 211. Artículo 26003. Prima de Navidad 6.000 Programa II Supervisión de Cultivos Zonas Agropecuarias Servicios personales 406 - 211. Artículo 26007. Prima de Navidad 142 Programa III Supervisión de Ganadería Zonas Agropecuarias Servicios personales 406 - 213. Artículo 26010. Prima de Navidad 1.524 CAPITULO 2602 División de Cultivos Programa I Cultivos Generales Servicios personales 406 - 212. Artículo 26021. Prima de Navidad 15.800 Programa II Sanidad Vegetal Servicios personales 106 - 212. Artículo 26024. Prima de Navidad 198 Programa III Fomento de Frutales Servicios personales 406 - 212. Artículo 26030. Prima de Navidad 50 CAPITULO 2603 División de Ganadería Programa 1 Sanidad Pecuaria Servicios personales 406 - 213. Artículo 26035. Prima de Navidad $ 130.000 Programa III Control Lechero Servicios personales 406 - 213. Artículo 26012. Prima de Navidad 50 Programa V Inseminación y Patología Genital Servicios personales 406 - 213. Artículo 26051. Prima de Navidad 2.500 Suman los créditos $ 160.853

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público