Micelio

decreto 510 de 1964

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

De par partida apropiada en el Capítulo 1101, artículo 11001-B. Proyecto 1) del Presupuestos vigente "Estudios, construcción y conservación de puentes", hácese la siguiente distribución.

Capítulo 1101. Artículo 11001-B. Proyecto 1). Diferencial Cambiario.

Artículo 11001-B

Artículo único. De par partida apropiada en el Capítulo 1101, artículo 11001-B. Proyecto 1) del Presupuestos vigente "Estudios, construcción y conservación de puentes", hácese la siguiente distribución. Capítulo 1101. Artículo 11001-B. Proyecto 1). Diferencial Cambiario. Ordinal

1.

Para el puente de Águaclara, en la carretera El Diviso, Tumaco $ 100.000.00 Ordinal

2.

Para el puente sobre el río César, en la carretera puerto Lajas-Verdecía-Santa Rosa 49.600.00 Suma $ 149.600.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas