Micelio

decreto 647 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por la suma de trescientos setenta pesos ($370), al artículo 148 A, capítulo 41, del Presupuesto de la actual vigencia, para dar cumplimiento al contrato celebrado por el Gobierno en cumplimiento de la Ley 18 de 1911. Que dicha suma figura en el artículo 148, capítulo 41

Considerando · 4 motivos

Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por la suma de trescientos setenta pesos ($370), al artículo 148 A, capítulo 41, del Presupuesto de la actual vigencia, para dar cumplimiento al contrato celebrado por el Gobierno en cumplimiento de la Ley 18 de 1911.

Que dicha suma figura en el artículo 148, capítulo 41; del mismo Presupuesto.

Que el señor Contralor General de la República en oficio número 3014, de fecha 22 del mes en curso comunica que en el citado artículo 148 hay saldo no comprometido: y se ha hecho la reserva correspondiente por la suma, de trescientos setenta pesos (S 370), para poder verificar el traslado; y;

Que se han llenado las formalidades exigidas por los artículos 32 y 33 de la Ley (64 de 1931;

Artículo 1

Mácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso:

Del artículo 148. Para compra de libros, encuadernación, catalogación, canjes, aseo, y demás material de la Biblioteca Nacional, en el año. $ 370

Al artículo 148 A. Para atender al pago del contrato celebrado por el Gobierno Nacional en cumplimiento de la Ley 18 de 1911 370

Artículo 148Para Compra De Libros, Encuadernación, Catalogación, Canjes, Aseo, Y Demás Material De La Biblioteca Nacional, En El Año

Artículo único. Mácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Del artículo 148. Para compra de libros, encuadernación, catalogación, canjes, aseo, y demás material de la Biblioteca Nacional, en el año. $ 370 Al artículo 148 A. Para atender al pago del contrato celebrado por el Gobierno Nacional en cumplimiento de la Ley 18 de 1911 370 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional