en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo único. A partir del primero de abril del presente año, la nomenclatura, el personal y las asignaciones de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, serán los siguientes: Dirección: Un Ingeniero Jefe $ 1.100.00 Dos Ingenieros Ayudantes, cada uno 800.00 Seis Inspectores de Trabajo, cada no 350.00 Un Secretario Mecanógrafo 350.00 Un Administrador Barca 430.00 Caja: Un Cajero Pagador 450.00 Un Pagador Auxiliar 350.00 Un Ayudante de Caja 300.00 Una Mecanógrafa 210.00 Contabilidad y Estadística: Un Contador General $ 400.00 Un Ayudante Contador 300.00 Una Mecanógrafa 210.00 Un Jefe de Personal y Kárdex 320.00 Almacén: Un Almacenista General 450.00 Un Contador de Almacén 350.00 Un Mecanógrafo 230.00 Un Primer Ayudante 300.00 Un Segundo Ayudante 250.00 Talleres: Un Subalmacenista 300.00 Un Cotizador Proveedor 300.00 Sanidad: Un Médico Jefe 700.00 Un Médico Ayudante 600.00 Un Farmacéutico Enfermero 350.00 Cuatro Oficiales de Sanidad cada uno 250.00 Comuníquese y publíquese.