DecretoVigente
Decreto 1257 de 2015
por el cual se modifican los Decretos números 186, 194,196 y 1239 de 2014.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reajústase, A Partir Del 1° De Enero De 2015, En Un Cuatro Punto Sesenta Y Seis Por Ciento (42Reajústase, A Partir Del 1° De Enero De 2015, En Un Cuatro Punto Sesenta Y Seis Por Ciento (43El Jefe De Talento Humano O Quien Haga Sus Veces En La Rama Judicial, En La Procuraduría General De La Nación Y En La Defensoría Del Pueblo Deben Efectuar Los Respectivos Ajustes Ordenados En El Presente Decreto, En La Siguiente Nómina De Pago4Ninguna Autoridad Podrá Establecer O Modificar El Régimen Salarial O Prestacional Establecido En El Presente Decreto, De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 10 De La Ley 4ª De 19925Nadie Podrá Desempeñar Simultáneamente Más De Un Empleo Público, Ni Recibir Más De Una Asignación Que Provenga Del Tesoro Público, O De Empresas O De Instituciones En Las Que Tenga Parte Mayoritaria El Estado6El Departamento Administrativo De La Función Pública Es El Órgano Competente Para Conceptuar En Materia Salarial Y Prestacional7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica En Lo Pertinente Los Decretos Número 186, 194, 196 Y 1239 De 2014 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 2015
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónPresidente de la República
- Andrés Escobar ArangoEl Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y crédito público, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Yesid Reyes AlvaradoEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Jaime Torres MeloEl Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública encargado de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública · encargado