Micelio

decreto 804 de 1975

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia F Iscal De 1975 Con La Cantidad De Cuatro Millones Doscientos Trece Mil Cuatrocientos Treinta Y Cinco Pesos ($ 4

Articulo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia f iscal de 1975 con la cantidad de cuatro millones doscientos trece mil cuatrocientos treinta y cinco pesos ($ 4.213.435.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Capítulo IV b) Impuesto sobre la producción y consumo Numeral 20. Impuesto a las ventas $ 4.213.435 Suma el recurso $ 4.213.435

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales, Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Comunicaciones Capítulo 310 Despacho Del Ministro Programa 310 Dirección Y

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Comunicaciones Capítulo 310 Despacho del Ministro Programa 310 Dirección y .Administración Servicios Personales 101 111 103 Artículo 3101. Sueldos del personal de nómina 1.002.140 101 111 105. Artículo 3102. Gastos de representación 19.800 102 111 121 Artículo 3107. Bonificación anual especial 29.405 102 111 121 Artículo 3109-B. Prima de vacaciones 600.000 Capítulo 311 División de Radio Programa 311 Dirección y Control de las Radiocomunicaciones Servicios Personales 101 272 103 Artículo 3123. Sueldos del personal de nómina 2.130.990 102 272 121 Artículo 3127. Bonificación anual especial 108.830 Capítulo 312 División de Telegrafía y Telefonía Programa 312 Dirección y Control de Telegrafía y Telefonía Servicios Personales 101 274 103 Artículo 3136. Sueldos .del personal de nómina 233.770 102 274 121 Artículo 3139. Bonificación anual especial 10.475 Capítulo 313 División Postal Programa 313 Dirección y Control de los Servicios Postales Servicios Personales 101 273 103 Artículo 3145. Sueldos del personal de nómina 75.780 102 273 121 Artículo 3148. Bonificación anual especial 2.245 Suman los créditos adicionales $ 4.213.435

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y crédito Público