en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 68 de 1926
Artículo 1Con La Partida Apropiada En El Capítulo 113, Artículo 832, Del Presupuesto Nacional Vigente, Se Procederá A Ejecutar Trabajos De Trazado Y Construcción De La Carretera Manzanares-Honda, Trabajos Que Estarán Bajo El Cuidado De Una Junta Administradora Residente En Manzanares, Compuesta Por El Alcalde De Esta Población Y Por Tres Ciudadanos Más
° Con la partida apropiada en el capítulo 113, artículo 832, del Presupuesto Nacional vigente, se procederá a ejecutar trabajos de trazado y construcción de la carretera Manzanares-Honda, trabajos que estarán bajo el cuidado de una Junta Administradora residente en Manzanares, compuesta por el Alcalde de esta población y por tres ciudadanos más.
Artículo 2Para El Recibo De Fondos, Pago De Gastos, Rendición De Cuentas Y Demás Labores Relacionadas Con La Estadística Y Contabilidad De Dicha Carretera, Funcionará Un Cajero Contador Con Sueldo Mensual De $ 100, Empleado Que Debe Asegurar Su Manejo, Antes De Posesionarse
° Para el recibo de fondos, pago de gastos, rendición de cuentas y demás labores relacionadas con la estadística y contabilidad de dicha carretera, funcionará un Cajero Contador con sueldo mensual de $ 100, empleado que debe asegurar su manejo, antes de posesionarse.
Artículo 3La Junta Expresada, Como Responsable De La Correcta Ejecución De Los Trabajos, Debe Cumplir Estrictamente Las Disposiciones Consignadas En Los Artículos 8
° La Junta expresada, como responsable de la correcta ejecución de los trabajos, debe cumplir estrictamente las disposiciones consignadas en los artículos 8.°, 28, 29 y 30 de la Ley 70 de 1916, y los reglamentos y órdenes de la Dirección General de Caminos Nacionales. Las asignaciones y nombramientos que haga la citada Junta, requieren para su validez la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 4Nómbrase A Los Señores Guillermo Calle, Rubén Ramírez Ll
° Nómbrase a los señores Guillermo Calle, Rubén Ramírez Ll. y Venancio Jaramillo para formar la Junta de que trata el artículo 1.° de este Decreto. El señor Julio Hurtado desempeñará el puesto de Cajero Contador. Comuníquese y publíquese.