Micelio

decreto 646 de 1971

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas de la actual vigencia, en el. Programa 717, artículo 7212, Proyecto 1, se apropió la cantidad de cinco millones cuatrocientos sesenta y seis mil pesos ($ 5.466.000.00) moneda corriente, para arroyos y caños de Barranquilla

Considerando · 3 motivos

Que en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas de la actual vigencia, en el. Programa 717, artículo 7212, Proyecto 1, se apropió la cantidad de cinco millones cuatrocientos sesenta y seis mil pesos ($ 5.466.000.00) moneda corriente, para arroyos y caños de Barranquilla;

Que en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, dicha partida se debe incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1971, y;

Que se han cumplido los requisitos legales necesarias para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Forado Vial Nacional De 1971, En La Cantidad De Cinco Millones Cuatrocientos Sesenta Y Seis Mil Pesos ($ 5

º. Adiciónase el presupuesto de ingresos del Forado Vial Nacional de 1971, en la cantidad de cinco millones cuatrocientos sesenta y seis mil pesos ($ 5.468.000.00) moneda corriente, de acurdo con el siguiente detalle:

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia De 1971, En La Cantidad De Cinco Millones Cuatrocientos Sesenta Y Seis Mil Pesos ($ 5

º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1971, en la cantidad de cinco millones cuatrocientos sesenta y seis mil pesos ($ 5.466.000.00) moneda corriente, según la siguiente distribución:

Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas