Micelio

decreto 1266 de 1948

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en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO 1º Que el edificio donde funcionan las oficinas del Consejo de Estado se halla ocupado por los miembros del Ejército Nacional y que dicha ocupación continúa siendo útil al mantenimiento del orden público, y 2º Que el honorable Consejo de Estado solicitó por nota de hoy la suspensión de términos legales en vista que la imposibilidad material en que se encuentran los ahogados para llegar a las dependencias del Consejo y d

Considerando · 2 motivos

Que el edificio donde funcionan las oficinas del Consejo de Estado se halla ocupado por los miembros del Ejército Nacional y que dicha ocupación continúa siendo útil al mantenimiento del orden público, y 2º;

Que el honorable Consejo de Estado solicitó por nota de hoy la suspensión de términos legales en vista que la imposibilidad material en que se encuentran los ahogados para llegar a las dependencias del Consejo y del Tribunal Administrativo;

Artículo 1

Artículo único. Decláranse suspendidos los términos le-gales en los negocios que cursan en el Consejo de Estado y en el Tribunal Administrativo de .Cundinamarca, desde el día 9 de abril en curso y por el tiempo en que las tropas del Ejército mantengan ocupadas las oficinas de dichas corporaciones, o mientras se provee a su funcionamiento en otro local. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas