El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitucional Nacional
Artículo 1º Apruébase El Acuerdo Número 030 De 13 De Noviembre De 1986, De La Junta Administradora, Del Fondo Educativo Regional De Sucre, Cuyo Texto Es El Siguiente:
Articulo 1 º Apruébase el Acuerdo número 030 de 13 de noviembre de 1986, de la Junta Administradora, del Fondo Educativo Regional de Sucre, cuyo texto es el siguiente:
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Articulo 2 º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitucional Nacional
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil