Artículo 1A La Circunscripción Postal Del Centro, Corresponderá La Comisaría De Arauca, Y A La Circunscripción Postal Del Sur, La Intendencia Del Caquetá
° A la Circunscripción Postal del Centro, corresponderá la Comisaría de Arauca, y a la Circunscripción Postal del Sur, la Intendencia del Caquetá.
Artículo 2El Sueldo Que Corresponde A Los Visitadores De Que Trata El Decreto Número 585 Del Presente Año, Será De Doscientos Pesos, Más Los Aumentos A Que Haya Lugar, De Conformidad Con Las Disposiciones De Las Leyes 13 Y 32 De 1925, Y No De Doscientos Diez Pesos
° El sueldo que corresponde a los Visitadores de que trata el Decreto número 585 del presente año, será de doscientos pesos, más los aumentos a que haya lugar, de conformidad con las disposiciones de las leyes 13 y 32 de 1925, y no de doscientos diez pesos.
Artículo 3En Los Términos Del Presente Decreto Quedan Modificados El Artículo 1° Y El Parágrafo Del Artículo 2° Del Decreto Número 585 Del Presente Año
° En los términos del presente Decreto quedan modificados el artículo 1° y el
Parágrafo
del artículo 2° del Decreto número 585 del presente año.
Parágrafo
) Artículo 2 DECRETO 585 de 1925 Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Industrias, encargado del Despacho de Correos y Telégrafos
Diógenes A. Reyesencargado