El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vidente, según consta en el acta respectiva
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Aquí Pdf Diario Oficial 27033 (Tabla De Presupuesto) Pág
º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 27033 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 9 Y 10.
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha Comuníquese Y Publíquese
º EL presente Decreto rige desde su fecha Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional