Micelio

decreto 1954 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Suprímese, A Partir Del 16 De Julio Del Presente Año, El Cargo De Cajero Principal De La Zona De Edificios Nacionales De Antioquia

° Suprímese, a partir del 16 de julio del presente año, el cargo de Cajero Principal de la Zona de Edificios Nacionales de Antioquia.

Artículo 2Adscríbense Al Contador De La Zona De Edificios Nacionales De Antioquia, Las Funciones De Cajero Principal; Y Al Subalmacenista De Las Obras Del Hospital Y El Edificio De La Administración Del Puerto, En Puerto Berrío, Las De Oficial De Estadística

° Adscríbense al Contador de la Zona de Edificios Nacionales de Antioquia, las funciones de Cajero Principal; y al Subalmacenista de las obras del Hospital y el Edificio de la Administración del Puerto, en Puerto Berrío, las de Oficial de Estadística. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales
El Ministro de Obras Públicos