en uso de sus facultades constitucionales y legales
Artículo 1
Artículo primero. Adiciónase la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así: División de Empleo y Recursos Humanos, Sección de Gestión del Empleo (Servicio de Empleo). N° de empleos Nombre del empleo Clase Categoría 1 Técnico en Planeación V 26 1 Psicólogo III 24 1 Psicólogo (Asistente) II 22 1 Estadístico III 24 1 Estadígrafo IV 19 3 Trabajador Social III 22 1 Sociólogo III 24 1 Relacionista I 22 3 Visitador Administrativo III 20 1 Técnico en Administración de Personal I 21 3 Analista de Personal I 18 2 Analista Ocupacional I 20 1 Archivero II 13 1 Recepcionista II 12 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2 Secretario Mecanotaquígrafo I 14 2 Mecanógrafos 14 11 1 Celador IV 11 1 Auxiliar de Servicios Generales II 8
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del. 1° de enero de 1971. Comuníquese,