DecretoVigente
Decreto 1265 de 1959
Por el cual se crea la Zona de Carreteras Nacionales de San Andrés (Islas), se hacen unas promociones, y se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Zona De Carreteras Nacionales De San Andrés (Islas), La Cual Tendrá A Su Cargo La Conservación Y Ejecución De Las Adiciones Y Mejoras De Las Carreteras Cuya Denominación Y Longitud Aproximada Se Detallan A Continuación: Isla De San Andrés: Carretera De Circunvalación 35 Kms2Para Administrar La Zona De Carreteras Nacionales De San Andrés (Islas), Créanse Los Siguientes Cargos, Con Las Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Detallan: Dirección 1 Ingeniero Jefe $ 13Los Gastos De Demande La Creación De La Zona De Carreteras Nacionales De San Andrés (Islas), Se Cubrirán Con Cargo Al Capítulo 585, Artículo 5910 Del Presupuesto De Gastos Vigente4Promuévese, En Su Orden, A Los Señores Federico Barth R5Suprímase Los Cargos De Ingeniero Jefe Y Cajero Iv (Pagador-Almacenista), Grado 8 De Las Carreteras Nacionales De Las Islas De San Andrés
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