Micelio

decreto 1913 de 1992

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Artículo 1Establécese La Siguiente Planta Global De Personal Para La Unidad Administrativa Especial Dirección De Aduanas Nacionales: Planta Global Carrera Aduanera Número Cargos Denominación Del Empleo Nivel Grado 94 Auxiliar Ii 11 04 17 Auxiliar Ii 11 05 26 Auxiliar Ii 11 06 81 Auxiliar Iii 12 07 41 Auxiliar Iii 12 08 47 Auxiliar Iii 12 09 93 Auxiliar Iii 12 10 65 Técnico En Ingresos Públicos I 25 08 19 Técnico En Ingresos Públicos I 25 09 19 Técnico En Ingresos Públicos I 25 10 245 Técnico En Ingresos Públicos Ii 26 11 47 Técnico En Ingresos Públicos Ii 26 12 17 Técnico En Ingresos Públicos Ii 26 13 40 Técnico En Ingresos Públicos Iii 27 14 29 En Ingresos Públicos Iii 27 15 8 Técnico En Ingresos Públicos Iii

º Establécese la siguiente planta global de personal para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Aduanas Nacionales: PLANTA GLOBAL Carrera Aduanera Número cargos Denominación del empleo Nivel Grado 94 Auxiliar II 11 04 17 Auxiliar II 11 05 26 Auxiliar II 11 06 81 Auxiliar III 12 07 41 Auxiliar III 12 08 47 Auxiliar III 12 09 93 Auxiliar III 12 10 65 Técnico en Ingresos Públicos I 25 08 19 Técnico en Ingresos Públicos I 25 09 19 Técnico en Ingresos Públicos I 25 10 245 Técnico en Ingresos Públicos II 26 11 47 Técnico en Ingresos Públicos II 26 12 17 Técnico en Ingresos Públicos II 26 13 40 Técnico en Ingresos Públicos III 27 14 29 en Ingresos Públicos III 27 15 8 Técnico en Ingresos Públicos III. 27 16 132 Técnico en Ingresos Públicos IV 28 17 29 Técnico en Ingresos Públicos IV 28 18 10 Técnico en Ingresos Públicos IV 28 19 5 Técnico en Ingresos Públicos IV 28 20 564 Profesional en Ingresos Públicos II 31 21 Número cargos Denominación del empleo Nivel Grado 40 Profesional en Ingresos Públicos II 31 22 44 Profesional en Ingresos Públicos II 31 23 106 Profesional en Ingresos Públicos III 32 24 25 Profesional en Ingresos Públicos III 32 25 6 Profesional en Ingresos Públicos III 32 26 65 Especialista en Ingresos Públicos I 40 27 10 Especialista en Ingresos Públicos I 40 28 17 Especialista en Ingresos Públicos I 40 29 36 Especialista en Ingresos Públicos II 41 30 9 Especialista en Ingresos Públicos II 41 31 6 Especialista en Ingresos Públicos II 41 32 20 Especialista en Ingresos Públicos III 42 33 12 Especialista en Ingresos Públicos III 42 34 1 Especialista en Ingresos Públicos III 42 35 3 Inspector General en Ingresos Públicos I 43 36 1 Inspector General en Ingresos Públicos I 43 37 1 Inspector General en Ingresos Públicos I 43 38 1 Inspector General en Ingresos Públicos II 44 39 LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION. Número cargos Denominación del empleo Nivel Grado 4 Asesor 50 30 1 Asesor 50 33 1 Asesor 50 35 1 Asesor 50 37 1 Asesor 50 39 Total 2.039

Artículo 2La Planta Global De Personal Para Los Funcionarios Del Nivel Directivo, Que Será Aplicada Cuando Dichos Cargos No Sean Ocupados Por Designación De Funcionarios De Carrera Aduanera, Será La Siguiente: Nivel Directivo

º La Planta Global de Personal para los funcionarios del Nivel Directivo, que será aplicada cuando dichos cargos no sean ocupados por designación de Funcionarios de Carrera Aduanera, será la siguiente: NIVEL DIRECTIVO. Número cargos Denominación del empleo Nivel Grado 3 Administrador de Aduanas 60 25 4 Administrador de Aduanas 60 26 8 Administrador de Aduanas 60 33 8 Jefe de Oficina 60 33 5 Subdirector 60 33 Subdirector 60 34 1 Director 60 38

Artículo 3º Para Efectos Presupuestales El Valor De La Nómina No Podrá Exceder El Valor De La Nómina Correspondiente A Los Cargos Señalados En El Artículo 1º

º Para efectos presupuestales el valor de la nómina no podrá exceder el valor de la nómina correspondiente a los cargos señalados en el artículo 1º. Cuando se nombren funcionarios en uno de los cargos del artículo 2º se tendrá en cuenta esta limitación.

Artículo 4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha En Que Se Realice La Incorporación De Los Funcionarios A La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 2874 Del 24 De Diciembre De 1991

º El presente Decreto rige a partir de la fecha en que se realice la incorporación de los funcionarios a la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2874 del 24 de diciembre de 1991.