en uso de sus facultades legales
Artículo 1Las Denominaciones Del Personal Uniformado De La Policía Nacional Serán Las Siguientes Con Las Equivalencias Correspondientes A Los Grados Anteriores, Así: Denominación Anterior Denominación Actual Agente Agente Distinguido Distinguido Subinspector Sargento 2º Inspector Sargento 1º Inspector Jefe Alférez Subcomisario A Prueba Teniente 2º Subcomisario Teniente 1º Comisario Capitán Comisario Jefe Mayor Las Designaciones De Subcomandante, Comandante Y Comandante Jefe Serán Las Mismas
° Las denominaciones del personal uniformado de la Policía Nacional serán las siguientes con las equivalencias correspondientes a los grados anteriores, así: Denominación anterior Denominación actual Agente Agente Distinguido Distinguido Subinspector Sargento 2º Inspector Sargento 1º Inspector Jefe Alférez Subcomisario a Prueba Teniente 2º Subcomisario Teniente 1º Comisario Capitán Comisario Jefe Mayor Las designaciones de Subcomandante, Comandante y Comandante Jefe serán las mismas.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Fecha
° Este Decreto rige desde su fecha. Publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno