Micelio

decreto 1265 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 12l de la Constitución, y CONSIDERANDO: 1º Que el 9 de abril de 1948 constituye para los colombianos una luctuosa fecha por la trágica desaparición del ilustre hombre público, gran caudillo popular y jefe del liberalismo colombiano doctor Jorge Eliécer Gaitán

Considerando · 2 motivos

Que el 9 de abril de 1948 constituye para los colombianos una luctuosa fecha por la trágica desaparición del ilustre hombre público, gran caudillo popular y jefe del liberalismo colombiano doctor Jorge Eliécer Gaitán; 2º;

Que la República, interpretando el sentimiento popular, debe rendir un homenaje perenne a la memoria de aquellos hijos esclarecidos de la democracia que sus virtudes hayan alcanzado el respeto la admiración y el afecto del pueblo;

Artículo 1

Artículo primero. Conságrase como monumento nacional a la memoria del doctor Jorge Eliécer. Gaitán la casa donde vivió el eximio jefe desaparecido, y donde serán sepultados sus restos con toda solemnidad.

Artículo 2

Artículo segundo. En dicha casa se formará un museo destinado a conservar la biblioteca y los objetos que recuerden la vida y las actividades públicas del doctor Gaitán.

Artículo 3

Artículo tercero. La Nación adquirirá los terrenos necesarios para rodear la casa de una plaza que llevará el nombre de Jorge Eliécer Gaitán. En ella se erigirá su estatua.

Artículo 4

Artículo cuarto. Declárase de utilidad pública la adquisición de los inmuebles necesarios para dar cumplimiento a este Decreto.

Artículo 5

Artículo quinto. El Gobierno hará los traslados presupuéstales necesarios para la ejecución de las obras ordenadas este Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA -El Ministre de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y petróleos, Alfonso ARAGON QUINTERO -E1 Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO YLOZANO -E1 Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas