Micelio

decreto 344 de 2002

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímense En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos: Ciudad País Misión Cargo Cantidad Madrid España Embajada Consejero 04ex 1 Madrid España Embajada Primer Secretario 03ex 1

°. Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: Ciudad País Misión Cargo Cantidad Madrid España Embajada Consejero 04EX 1 Madrid España Embajada Primer secretario 03EX 1

Artículo 2Créanse En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos: Ciudad País Misión Cargo Cantidad Madrid España Embajada Ministro Plenipotenciario 06 Ex 1 Madrid España Embajada Tercer Secretario 01 Ex 1

°. Créanse en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: Ciudad País Misión Cargo Cantidad Madrid España Embajada Ministro Plenipotenciario 06 EX 1 Madrid España Embajada Tercer Secretario 01 EX 1

Artículo 3º

º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública