en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 del 1998, y CONSIDERANDO: Que el Fondo Nacional de Garantías S. A. FNG, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012, y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de person
Considerando · 2 motivos
Que el Fondo Nacional de Garantías S. A. FNG, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012, y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que la Junta Directiva del Fondo Nacional de Garantías S. A. FNG, según Acta número 392 en sesión del 21 de marzo de 2012, acordó someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta del personal de la Entidad.
Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal Del Fondo Nacional De Garantías S
°. Suprímese de la planta de personal del Fondo Nacional de Garantías S. A. el siguiente cargo: No. de cargos Denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Jefe de oficina 0137 --
Artículo 2Créase En La Planta De Personal Del Fondo Nacional De Garantías S
°. Créase en la planta de personal del Fondo Nacional de Garantías S. A. el siguiente cargo: No. de cargos Denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Jefe de oficina 0137 22
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.