Micelio

decreto 1759 de 1979

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Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo De Inmuebles Nacionales De La Vigencia Fiscal De 1979 En La Cantidad De Cincuenta Y Cinco Millones De Pesos Moneda Corriente ($ 55

º Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de cincuenta y cinco millones de pesos moneda corriente ($ 55.000.000.00), de acuerdo con el siguiente detalle: Presupuesto de ingresos. Otros recursos. Numeral 4. Recursos de balance $ 55.000.000 Suma el presupuesto de ingresos $ 55.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo De Inmuebles Nacionales De La Vigencia Fiscal De 1979, En La Cantidad De Cincuenta Y Cinco Millones De Pesos ($ 55

º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de cincuenta y cinco millones de pesos ($ 55.000.000) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de gastos. Inversión directa. PROGRAMA 01. Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. Artículo 01. Construcción de inmuebles nacionales $ 55.000.000 Proyecto 20. Construcción edificio Superintendencia Bancaria $ 55.000.000 Suma el presupuesto de gastos $ 55.000.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas y Transporte
El Ministro de Hacienda y Crédito Público