en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo del Decreto - Ley 10 de 1992
Artículo 1Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Bolivia, Un Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 2 Pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Seiscientos Treinta Dólares Con 00/100 (Us$630
º. Créase en la Embajada de Colombia ante el gobierno de Bolivia, un cargo de Auxiliar Administrativo, grado ocupacional 2 PA (local), con una asignación básica mensual de seiscientos treinta dólares con 00/100 (US$630.00).
Artículo 2º
º. Las Erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 1997 ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones exteriores, María Emma Mejía Vélez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.