El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus atribuciones legales
Artículo 1A Partir Del Día Primero De Septiembre Del Año En Curso, Reorganizase La Administración De Correos De Pereira, Departamento De Caldas), Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Artículo 579
º. A partir del día primero de septiembre del año en curso, reorganizase la Administración de Correos de Pereira, Departamento de Caldas), con el siguiente personal y asignaciones mensuales: Artículo 579. Para dar cumplimiento a las Leyes 38 y 108 de 1914, sobre enseñanza de la agricultura y provisión de becas $ 30.000 Total $ 30.000
Artículo 2Nómbrase Al Señor Pedro Rodríguez Ayudante De La Administración De Correos De Pereira (Caldas)
º. Nómbrase al señor Pedro Rodríguez Ayudante de la Administración de Correos de Pereira (Caldas). Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno