en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 1239 del corriente año, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República
Artículo 1El Juez 1º De Instrucción Criminal Devengará, Mientras Tenga El Carácter De Investigador Especial, Del Delito De Homicidio Cometido En La Persona Del Doctor Jorge Eliécer Gaitán, Una Asignación Mensual De Un Mil Quinientos Pesos ($ 1
º El Juez 1º de Instrucción Criminal devengará, mientras tenga el carácter de investigador especial, del delito de homicidio cometido en la persona del doctor Jorge Eliécer Gaitán, una asignación mensual de un mil quinientos pesos ($ 1.500).
Artículo 2El Juzgado 1º De Instrucción Criminal, Mientras Tenga A Su Cargo La Investigación Especial Del Delito De Homicidio Cometido En La Persona Del Doctor Jorge Eliécer Galtán, Tendrá El Siguiente Personal Subalterno, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Secretario, Con Asignación Mensual De Quinientos Pesos ($ 500); Un Oficial Mayor, Con Asignación Mensual De Cuatrocientos Cincuenta Pesos ($ 450); Tres Escribientes, Con Asignación Mensual De Trescientos Cincuenta Pesos ($ 350) Mensuales, Cada Uno; Un Portero, Con Asignación Mensual De Doscientos Pesos ($ 200)
º El Juzgado 1º de Instrucción Criminal, mientras tenga a su cargo la investigación especial del delito de homicidio cometido en la persona del doctor Jorge Eliécer Galtán, tendrá el siguiente personal subalterno, con las asignaciones mensuales que se expresan: Un Secretario, con asignación mensual de quinientos pesos ($ 500); Un Oficial Mayor, con asignación mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450); Tres Escribientes, con asignación mensual de trescientos cincuenta pesos ($ 350) mensuales, cada uno; Un Portero, con asignación mensual de doscientos pesos ($ 200).
Artículo 3El Juzgado 1º De Instrucción Criminal, Tendrá Para Su Servicio Exclusivo Diez Detectives, Escogidos Por El Investigador Especial, Un Vehículo Que Le Suministrará El Ministerio De Justicia, Y Todos Los Demás Elementos Que Solicite A Los Ministerios
° El Juzgado 1º de Instrucción Criminal, tendrá para su servicio exclusivo diez detectives, escogidos por el Investigador Especial, un vehículo que le suministrará el Ministerio de Justicia, y todos los demás elementos que solicite a los Ministerios.
Artículo 4El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Ordenará Los Créditos O Los Traslados A Que Haya Lugar En El Presupuesto Vigente, Sin Sujeción A Las Normas Ordinarias, A Fin De Dar Cumplimiento Al Presente Decreto
º El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ordenará los créditos o los traslados a que haya lugar en el Presupuesto vigente, sin sujeción a las normas ordinarias, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto. Comuniqúese y publíquese.