Micelio

decreto 1952 de 1963

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Artículo 1

Artículo único. Aclárase al denominación del artículo presupuestal 26036-D del Presupuesto en curso, en el sentido de que la construcción de un laboratorio patológico en la Universidad Nacional se hará, por conducto de la División de Investigaciones Agropecuarias D. I. A., y por lo tanto el aporte será hecho a la mencionada dependencia del Ministerio de Agricultura. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura