Micelio

decreto 89 de 1924

4 artículos · lectura continua

Artículo 1La Gerencia Del Ferrocarril Del Pacifico Procederá A Recibir Por Inventario Todos Los Planos, Estudios Y Trazados, Y Los Enseres Y Elementos De Toda Índole Que Tenga Actualmente La Junta Acareada Del Estudio Y Construcción Del Acueducto De Buenaventura

° La Gerencia del Ferrocarril del Pacifico procederá a recibir por inventario todos los planos, estudios y trazados, y los enseres y elementos de toda índole que tenga actualmente la Junta acareada del estudio y construcción del acueducto de Buenaventura. Copia autenticada de este inventario se enviará al Ministerio de Obras Públicas .

Artículo 2Todos Tíos Fondos Que Por La Ley Fueron Destinados Para La Construcción De La Obra, Serán Puestos A La Orden De La Junta Directiva Del Ferrocarril Del Pacífico

° Todos tíos fondos que por la ley fueron destinados para la construcción de la obra, serán puestos a la orden de la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacífico.

Artículo 3El Tesorero De La Extinguida Junta, Del Acueducto De Buenaventura Rendirá Una Cuenta Detallada, Y Comprobada De Los Fondos Invertidos Hasta Ahora En Las Obras A Su Cargo; Y La Junta Directiva Del Ferrocarril Del Pacífico Recabará Dichas Cuentas, Que Serán Pasadas, Por Conducto Del Ministerio De Obstas Publicas, A La Contraloria General, Para El Estudio Y Fenecimiento

° El Tesorero de la extinguida Junta, del Acueducto de Buenaventura rendirá una cuenta detallada, y comprobada de los fondos invertidos hasta ahora en las obras a su cargo; y la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacífico recabará dichas cuentas, que serán pasadas, por conducto del Ministerio de Obstas Publicas, a la Contraloria General, para el estudio y fenecimiento

Artículo 4

Comuníquese y publiques.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas