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decreto 1424 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en espacial de las que le confiere el artículo 32 del Decreto 1848 de 1969, y CONSIDERANDO: Que el señor Félix Antonio Parra Castañeda, con cédula de ciudadanía 6229851 de Cartago, quien ocupa el cargo de Jefe de División 2040, Orado 03 de la Dirección General de Impuestos Nacionales ubicado en la División de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos Nacionales de Tuluá (Valle) de la mencionada Disección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fue incapacitado por u

Considerando · 4 motivos

Que el señor Félix Antonio Parra Castañeda, con cédula de ciudadanía 6229851 de Cartago, quien ocupa el cargo de Jefe de División 2040, Orado 03 de la Dirección General de Impuestos Nacionales ubicado en la División de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos Nacionales de Tuluá (Valle) de la mencionada Disección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fue incapacitado por un término de ciento ochenta (180) días mediante Resoluciones números RL-014, 015, 017, 027, 032, 035 de julio 31, agosto 1° septiembre 4, octubre 10, noviembre 7, diciembre 4 de 1989 y 001 de enero 4 de 1990 preferidas por el Administrador de Impuestos Nacionales de Tuluá, por medio de las cuales se le licencias por enfermedad confirmó con los certificados médicos expedidos por la Caja Nacional de Prevención Social.

Que mediante D.S.O. 90-893 del 25 de abril de 1990 suscrito por el jefe de Salud Ocupacional de la Caja Nacional de Previsión Social informa:;

Que una vez revisada la documentación enviada por la Seccional del Valle del Cauca según oficio J.M. 0080 del 30 de marzo de 1990, Félix Antonio Parra Castañeda amerita pensión de invalidez en forma permanente, sobre una valoración del 96% de pérdida de la capacidad laboral, cuyos efectos rigen al cumplimiento de los 180 días de incapacidad continua, el 22 de enero de 1990, es decir el 23 de enero de 1990. Todo lo anterior provocado por pérdida de la visión.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 32 del Decreto 1848 de 1969, cuando la incapacidad para trabajar, ocasionada por enfermedad no profesional, sobrepase el término de ciento ochenta (180) días el empleado oficial podrá ser retirado del servicio;

Artículo 1Retirar Del Servicio A Partir Del 23 De Enero De 1990 A Félix Antonio Parra Castañeda, Identificado Con La Cédula De Ciudadanía Número 6229851 De Cartago, Quien Desempeña El Cargo De Jefe De División 2040, Grado 03 De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, De Conformidad Con Lo Expuesto En La Parte Motiva De Este Decreto

° Retirar del servicio a partir del 23 de enero de 1990 a Félix Antonio Parra Castañeda, identificado con la cédula de ciudadanía número 6229851 de Cartago, quien desempeña el cargo de Jefe de División 2040, Grado 03 de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este Decreto.

Artículo 2Advertir Al Interesado Que Contra La Presente Providencia Procede El Recurso De Reposición, El Cual Podrá Interponerse Ante Este Despacho, Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes A La Fecha De Notificación

° Advertir al interesado que contra la presente providencia procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante este Despacho, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, notifíquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en espacial de las que le confiere el artículo 32 del Decreto 1848 de 1969, y notifíquese y cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público